Margarita Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación.
Margarita Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación.
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EFE.

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Corte decide no abrir investigación a Procuradora Margarita Cabello

Magistrados no hallaron irregularidades en suspensión al entonces alcalde de Medellín y al de Ibagué.

La Sala de Instrucción Disciplinaria de la Corte Suprema de Justicia decidió no abrir investigación contra la Procuradora General, Margarita Cabello Blanco, objeto de varias quejas de ciudadanos que argumentaban irregularidades en el desempeño de sus funciones.

En el documento suscrito por varias personas, afirman que las quejas radican en que Cabello Blanco incurrió en irregularidades al momento de suspender de manera temporal de sus funciones a alcaldes elegidos por voto popular, como pasó en Medellín e Ibagué.

La titular del Ministerio Público respondió que dichas suspensiones estuvieron acordes a la ley, por procesos de presunta participación en política que seguía la entidad contra Daniel Quintero Calle, en ese entonces alcalde de Medellín, y Andrés Fabián Hurtado, alcalde de Ibagué.

Como fueron varias las quejas contra la Procuradora, la Sala Disciplinaria de la Corte, en un auto del 5 de diciembre del año pasado unificó los procesos, y en marzo de 2023 se empezó la indagación.

Por medio del jefe jurídico de la Procuraduría General de la Nación, Cabello Blanco, hizo llegar los radicados de cada una de las indagaciones que siguen contra los alcaldes, explicando que no se extralimitó al suspender a los funcionarios elegidos por voto popular, como lo expusieron los ciudadanos en sus quejas.

Mediante un estudio del caso por parte de los magistrados Francisco Ternera Barrios, Iván Mauricio Lenis y Diego Eugenio Corredor, la Corte Suprema determinó que "el material probatorio recaudado demuestra claramente que los autos de suspensión provisional en los procesos disciplinarios correspondientes, no fueron emitidos por la señora Procuradora General sino por otros funcionarios de la entidad".

Dadas estas circunstancias el alto tribunal consideró que no puede reclamarle a la alta funcionaria alguna falta disciplinaria. 

En todo caso la Sala de Instrucción Disciplinaria deberá remitir copia de esta actuación a la Veeduría de la Procuraduría General de la Nación a fin de que, conforme a las quejas aquí formuladas, se disponga lo que corresponde en relación con los funcionarios a cargo de los procesos disciplinarios antes referidos, concluyó la Corte.

 

 

 

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